Porteo

Borrar mi cuenta

Actualizado el 11 de octubre de 2026

Desde la aplicación

  1. Entra en Porteo con tu cuenta.
  2. Ve a Empresa y abre Tu cuenta.
  3. Toca Borrar mi cuenta y confirma.

Por correo

Si no puedes entrar, escribe a contacto@porteoapp.es desde la dirección con la que te diste de alta. Se comprueba que eres tú y se borra en un plazo máximo de treinta días.

Borrar solo una parte, sin darte de baja

No hace falta cerrar la cuenta para quitar algo. Desde la propia aplicación puedes borrar, cuando quieras y sin pedir permiso a nadie:

  • Un gasto y la foto de su tique. La imagen se borra del almacenamiento, no solo de la pantalla.
  • Un vencimiento de los que avisan de la ITV, el seguro, el ADR o el tacógrafo.
  • Una invitación a un chófer que todavía no la haya usado.

Y si quieres que se borre cualquier otra cosa tuya sin cerrar la cuenta, escribe a contacto@porteoapp.es desde la dirección con la que te diste de alta y se hace, salvo lo que la ley obliga a conservar, que está más abajo.

Qué se borra

  • Tu cuenta de acceso y tu contraseña.
  • Tu nombre, DNI y teléfono.
  • Si eres titular: los datos de la empresa, sus clientes, sus vehículos y las cuentas de cada porte.

Qué no se borra, y por qué

  • Los documentos de control ya emitidos, durante un año desde su emisión. Lo exige el artículo 9 de la Orden FOM/2861/2012 y no es renunciable: son la prueba de un transporte que ya se ha hecho.
  • Las facturas de la suscripción, durante los plazos fiscales y mercantiles aplicables.

Pasados esos plazos, se eliminan también sin que haya que pedir nada.

Si eres conductor

Puedes borrar tu cuenta de acceso cuando quieras. Los viajes que hayas creado pertenecen a la empresa que te dio de alta y se quedan con ella, igual que se quedaría el albarán en papel.

Aviso legalPrivacidadCondicionesBorrar mi cuenta

Porteo es una herramienta privada. No está asociada al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ni a la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, ni a ninguna otra administración pública. Los textos oficiales:

  • Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible
  • Resolución de 5 de junio de 2026, sobre los documentos electrónicos de control
  • Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, del documento de control administrativo
  • Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías
  • Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo