No. La firma no es obligatoria para que el DeCA sea válido. El artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012 enumera ocho datos y ninguno es una firma.
La confusión viene del papel: lo que se firmaba era el albarán o la carta de porte, que acreditan la entrega. Esos los puedes seguir firmando con tu cliente, pero son otro documento.
Si aun así lo firmas
Si el documento se usa también como contrato y decides firmarlo, la firma tiene que ser como mínimo firma electrónica avanzada del Reglamento europeo eIDAS. También valen las cualificadas.
Una firma hecha con el dedo en la pantalla del móvil no llega a ese nivel. Sirve como prueba de que alguien recibió la mercancía, pero no es una firma electrónica avanzada.
De dónde sale
- Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre (texto consolidado)
- Resolución de 5 de junio de 2026, sobre los documentos electrónicos de control
Esta guía está escrita leyendo el texto consolidado de esas normas en el BOE. Cuando cambian, se revisa y se pone la fecha nueva arriba.
Porteo hace este documento en menos de un minuto desde el móvil.
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